Es posible que recientemente hayas oído hablar de la inminente eliminación Geoblocking o bloqueo geográfico por parte del parlamento europeo. Pero es posible que no tengas muy claro ni de que se trata exactamente ni de cómo puede afectar a tu eCommerce.
Su aplicación es inminente
¿En qué consiste el geoblocking o bloqueo geográfico?
El geoblocking consiste en bloquear el acceso a los servicios y/o la oferta de productos en función del origen geográfico del usuario/cliente. Las plataformas son capaces de identificar la zona geográfica des de dónde accede cada usuario mediante la identificación IP. Una vez identificada la procedencia, condicionan el comportamiento de la plataforma, ya sea redirigiendo a los usuarios a webs locales o, simplemente, restringiendo el acceso a su catálogo y/o condicionando el precio de venta.
¿Qué implica la eliminación del geoblocking en la UE?
Con esta medida, mediante el Reglamento (UE) 2018/302, el Consejo de la UE pretende eliminar cualquier tipo de bloqueo geográfico injustificado a los habitantes de los países miembros.
La nueva normativa evitará la discriminación de consumidores y empresas en lo que se refiere al acceso, a las condiciones de precio, venta y pago cuando adquieran bienes y servicios en otro país de la UE.
“Al acabar con el bloqueo geográfico injustificado se ampliarán enormemente las opciones que se ofrecen a los ciudadanos en las compras en línea y se dará un gran impulso al comercio electrónico. Los consumidores podrán elegir las ofertas más ventajosas dentro del mercado interior. Quisiera agradecer al Parlamento y a la Comisión la ayuda que han prestado a la Presidencia para dar un paso más hacia el mercado único digital.”
Kadri Simson, ministra de Economía e Infraestructuras de Estonia
Un paso más hacia el mercado único digital
Excepciones de aplicación
Por ejemplo redirecciones. Si una tienda tiene distintas versiones para países miembros, un usuario español que acceda a una tienda francesa, podría ser redirigido a la versión española si fuera con su consentimiento expreso (mediante algún sistema de selección) y siempre debería contar con la opción de poder dirigirse de nuevo a la versión francesa si lo deseara.
Otro caso podría ser que se ejecute la redirección por motivos estrictamente legales. Esto caso se podría por la tipología de productos que comercialicen (cigarrillos, armas, medicamentos…) o por temas relativos a la protección al menor. En cualquier caso, es imprescindible que se comunique con detalle al usuario el motivo de la redirección y será obligado hacerlo en el idioma de la versión de la tienda a la que se ha accedido.
Existen otros casos excepcionales, como diferencias en precios brutos de los productos o servicios en base al IVA aplicado.
En estos casos estaríamos hablando de una «discriminación justificada»
¿A qué productos y servicios afecta esta nueva normativa?
- Bienes de consumo
- Servicios:
- Entradas a espectáculos y parques de ocio
- Estancias hoteleras
- Alquiler de vehículos
Por el momento, a falta de revisión en los próximos 2 años, quedarán excluidos los productos y servicios protegidos por derechos de autor, como libros electrónicos, música o videojuegos. También quedarán excluidos los servicios financieros, audiovisuales, de transportes, de atenciones sanitarias y sociales.
¿Cuándo no se puede discriminar al consumidor?
Este nuevo reglamento contempla 3 casos en los que el comerciante debe respetar a la igualdad de acceso y condiciones generales ofrecidas sobre bienes y servicios:
1-Cuando se trate de bienes que se entreguen en un estado miembro dónde el comerciante ofrezca servicios de entrega o recogida en lugares pactados con el cliente.
2-Prestación de servicios por medio electrónicos:
- Servicios en la nube.
- Depósito de datos.
- Hosting web.
- Provisión de cortafuegos.
3-Preste servicios que el cliente recibe en el país donde opera el comerciante:
- Alojamiento.
- Acontecimientos deportivos.
- Festivales de música.
- Parques de atracciones.
Ningún comerciante estará obligado a entregar bienes a clientes fuera del Estado miembro en el que preste el servicio de entrega.
¿Afecta el geoblocking a los sistemas de pago?
Efectivamente. Los métodos de pago serán los elegidos por el vendedor. Pero quedará prohibido la discriminación injustificada por razones de nacionalidad, lugar de residencia o lugar de establecimiento.
Entrada en vigor
El Reglamento se publicó en el Diario Oficial de la UE a finales de marzo de 2018 y entrará en vigor el próximo 3 de diciembre.
Por el momento, en España, algunos aspectos relevantes, como los relativos a sanciones por incumplimiento y autoridades encargadas de aplicarlas, están aún en fase de gestación.
¿Ya lo tienes claro?
Ahora conoces:
- El concepto.
- El ámbito de aplicación.
- Los casos en qué afecta y como afecta.
- El plazo de entrada en vigor.
Ya tienes los elementos necesarios para saber si esto va a afectar a tu tienda online. Aplica los ajustes necesarios para eliminar las configuraciones que impliquen una discriminación injustificada a tus consumidores en lo que se refiere:
- Al acceso.
- Las condiciones de precio venta.
- Las opciones de envío.
- Los métodos de pago.
Si aún no lo ves claro no dudes en contactar con nosotros. Des de TLG Commerce analizaremos en detalle tu caso y te ofreceremos el mejor asesoramiento para tu eCommerce.